Diferencia entre revisiones de «Licencias Estudiantiles»

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Mediante la [http://digesto.fce.unam.edu.ar/documentos/resoluciones/2016/R.012-16.pdf Resolución CD N° 012/16], el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas aprobó el '''Reglamento General de Licencias Estudiantiles''', que rige tanto para las carreras de grado como de pregrado, de acuerdo con lo establecido en los Anexos que forman parte de la misma.
Mediante la [http://digesto.fce.unam.edu.ar/documentos/resoluciones/2016/R.012-16.pdf Resolución CD N° 012/16], el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas aprobó el '''Reglamento General de Licencias Estudiantiles''', que rige tanto para las carreras de grado como de pregrado, de acuerdo con lo establecido en los Anexos que forman parte de la misma.


En dicha Resolución se establece que '''el Régimen entrará en vigencia a partir del segundo cuatrimestre del año académico 2016'''.  
''El Régimen entra en vigencia a partir del segundo cuatrimestre del año académico 2016''.


== ¿Cómo accedo a las Licencias Estudiantiles? ==
== ¿Cómo accedo a las Licencias Estudiantiles? ==

Revisión actual - 01:13 15 jun 2016

Licencias Estudiantiles[editar]

Mediante la Resolución CD N° 012/16, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas aprobó el Reglamento General de Licencias Estudiantiles, que rige tanto para las carreras de grado como de pregrado, de acuerdo con lo establecido en los Anexos que forman parte de la misma.

El Régimen entra en vigencia a partir del segundo cuatrimestre del año académico 2016.

¿Cómo accedo a las Licencias Estudiantiles?[editar]

Se debe presentar una planilla explicativa de la situación, conforme modelo que se encuentra adjunto en el Anexo II de la Resolución (el mismo se puede obtener en la fotocopiadora del CECEM), acompañada de la documentación que avale la solicitud de la licencia, y fotocopia de DNI del solicitante; con anterioridad, durante o hasta 5 (cinco) días hábiles posteriores de la causal. La misma debe ser presentada por Mesa de Entradas de la Facultad, dirigida a la Secretaría de Bienestar Estudiantil.

Las Licencias Estudiantiles se otorgarán a los estudiantes que, por diversas causas atraviesen contingencias extraordinarias que impidan el normal desarrollo de las actividades.

Casos contemplados:

  1. Embarazo, Maternidad y Pos-parto;
  2. Paternidad;
  3. Eventos académicos, científicos, deportivos y culturales, siempre que el alumno participe en representación de la Facultad, Universidad, Localidad, Provincia o País de origen;
  4. Contratos de trabajo no permanente en el país o en el exterior que impliquen la necesidad de radicarse temporalmente fuera de la localidad en la que cursa sus estudios;
  5. Actividades de intercambio en universidades o instituciones de prestigio en el extranjero o en territorio nacional, siempre y cuando las mismas no deriven de convenios o adhesiones a programas de este tipo por parte de la UNaM;
  6. Accidentes o intervenciones quirúrgicas, enfermedades, afecciones o lesiones;
  7. Adopción;
  8. Atención de un familiar directo;
  9. Fallecimiento de un familiar directo;
  10. Razones especiales: Inasistencia motivada por fenómenos meteorológicos graves y casos de fuerza mayor debidamente comprobados.

Aquellos alumnos que quieran solicitarlas deberán acompañar conjuntamente con la solicitud, según el caso, la siguiente documentación:

  • Maternidad: certificado médico, en donde conste la fecha presunta del parto, y de corresponder, historia clínica de la madre o el/los hijo/s y acta de nacimiento respectivas;
  • Paternidad: acta de nacimiento;
  • Adopción: Copia certificada de la Resolución Judicial que otorga la guarda pre adoptiva o la tenencia definitiva;
  • Accidentes o intervenciones quirúrgicas, enfermedades, afecciones o lesiones: certificado médico, estudios específicos e historia clínica, de corresponder;
  • Atención o Fallecimiento de un familiar directo: certificado médico o acta de defunción y documentación que acredite el vínculo;
  • Eventos académicos, Contratos de trabajo no permanente fuera de la provincia o Actividades de intercambio: documentación respaldatoria que acredite la situación invocada

Para cualquier causal invocada, el periodo de licencia no podrá superar el plazo de 1 (uno) año académico, computado de manera continua o interrumpida.

Ante cualquier consulta dirigirse a las oficinas de la Secretaria de Bienestar Estudiantil, que se encuentra ubicada en el Modulo B de la Facultad.